Registro Único de Proponentes

1.Plazos para realizar la Inscripción
El nuevo plazo para entregar la documentación en las sedes de la entidad, de la nueva Inscripción de Proponentes según la nueva normatividad (Decreto 3083 del 18 de agosto de 2009) es:
15 de diciembre de 2009.
Sin embargo le recomendamos realizar su trámite lo antes posible, para evitar inconvenientes.
TENGA EN CUENTA QUE SEGÚN LA NUEVA NORMATIVIDAD SI EL PROPONENTE TIENE VARIOS AñOS DE ANTIGÜEDAD Y NO REALIZA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION ANTES DE LA FECHA SEÑALADA, SE PROCEDERA A REALIZAR LA CESASION DE EFECTOS.
Recuerde que TODOS LOS PROPONENTES con inscripción vigente al 2008 o realizada antes de abril de 2009, deben realizar la INSCRIPCION de acuerdo a la normatividad actual, dentro del plazo establecido.
Tenga en cuenta por favor que Ud. puede presentar su solicitud de inscripción hasta el día establecido, pero si por algún motivo el trámite debe ser devuelto por el abogado días después (por errores en la documentación presentada), su inscripción cesará efectos de inmediato. Por lo anterior y para evitar inconvenientes, le sugerimos
que diligencie virtualmente su formulario (para minimizar el riesgo de que sea devuelto) y que lo realice lo antes posible.
2. Paso a Paso para la Inscripción en el Registro Unico de Proponentes
Conozca los 3 pasos para realizar la Inscripción en el Registro Unico de Proponentes (R.U.P.) según la nueva normatividad
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Antes de Ingresar al Sistema de Diligenciamiento es necesario leer atentamente cada uno de los pasos para evitar omisiones y cumplir con los requerimientos
Una vez haya leido todas las recomendaciones y se disponga a realizar el Diligenciamiento Virtual del Formulario de Inscripción, le recomendamos
leer el MANUAL DE USUARIO para que siga paso a paso, las instrucciones.
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3. Factor de Paridad Internacional para Constructores y Consultores
La Superintendencia de Industria y Comercio mediante la Resolución No. 10819 del 4 de marzo de 2009, determinó que el F.P.I. (Factor de Paridad Internacional) para el año 2009 es de 2.04 . Esta información se comunica conforme lo indicado por los Artículos 25 y 30 del Decreto 4881 de 2008.